Todos estamos enfrentando momentos complicados en la historia de nuestros pa铆ses. Junto a nuestro equipo de Abogados hemos tratado de resumir algunas de las medidas laborales que se pueden aplicar en Honduras. La idea de este reporte es para que ustedes tengan una lista de opciones y conozcan las ventajas y desventajas de cada una. Es posible que el presente gobierno agregue medidas de apoyo, sin embargo estas son las opciones que tenemos a la vista en este momento:


Comunicado emitido por la Secretar铆a de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social.


A. APLICAR PERIODO DE ESTADO DE EMERGENCIA COVID-19 A CUENTA DE VACACIONES. EL ESTADO A TRAV脡S DE LA REFERIDA SECRETAR脥A DE TRABAJO EMITI脫 EN FECHA 26 DE MARZO DE 2020 UN COMUNICADO QUE EN RESUMEN AUTORIZA A LOS EMPLEADORES Y TRABAJADORES A LO SIGUIENTE:

  1. Para que mediante acuerdo entre las partes convengan que los d铆as feriados se帽alados en el art铆culo 339 del C贸digo de Trabajo, se consideren como otorgados y gozados por parte de los trabajadores durante el periodo de vigencia del Estado de Emergencia Sanitaria Nacional por la propagaci贸n del COVID-2019. En el entendido que los d铆as se帽alados en el precitado art铆culo ser谩n considerados como una jornada ordinaria de trabajo, es decir, no habr谩 pago de d铆a doble tal y como lo dispone el art铆culo 340 del C贸digo de Trabajo.

  2. Los empleadores podr谩n conceder a cuenta de vacaciones los d铆as que en virtud del Estado de Emergencia Sanitaria Nacional por la propagaci贸n del COVID-19, los trabajadores no se presenten a laborar en su jornada ordinaria.

Sin embargo, las autorizaciones anteriores solo podr谩n ser v谩lidas por medio de acuerdo firmado entre las partes, mismo que deber谩 ser remitido digitalmente al correo electr贸nico de la Secretar铆a de Trabajo y Seguridad Social ([email protected]), a fin de que esta los revise y convalide.

Ventajas

  1. Los empleados que ten铆an acumuladas sus vacaciones ya no gozar谩n de ese derecho; y, por ende, estar谩n a la disposici贸n de la empresa.
  2. Los d铆as de feriado o fiesta nacional no ser谩n gozados por los empleados, lo que genera o garantiza disponibilidad de estos para la producci贸n de los bienes y servicios en esos d铆as.
  3. El convenio ser谩 convalidado por parte de la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social, lo que brindar谩 seguridad jur铆dica al documento suscrito entre el empleador y trabajador.

Desventajas

  1. Que la empresa tendr谩 que cancelar tanto las vacaciones como los d铆as feriados sin estar produciendo lucro alguno.
  2. Habr谩n trabajadores que no estar谩n de acuerdo con el convenio y no lo firmar谩n, en este caso, la empresa no tiene mecanismo jur铆dico alguno para obligar a su trabajador.


B. SUSPENSI脫N DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO TEMPORALMENTE.

Otra opci贸n que tiene la empresa es solicitar ante la Secretar铆a de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, la suspensi贸n de los contratos individuales de trabajo, esto de manera temporal hasta por un plazo de 120 d铆as. El argumento ser谩 el de fuerza mayor establecido en el art铆culo 100 numeral ii) del C贸digo de Trabajo (cabe mencionar que varias empresas ya comunicaron la suspensi贸n a sus empleados).

El procedimiento es el siguiente:

  1. Notificar a los empleados la suspensi贸n de su contrato individual de trabajo por un tiempo m谩ximo de 120 d铆as, pudiendo ser menor en caso de que la empresa pueda volver a operar.
  2. Se debe presentar la solicitud de autorizaci贸n de suspensi贸n de contratos de trabajos dentro de los 3 primeros d铆as al inicio de labores de la Secretar铆a de Trabajo, ya que esta no est谩 laborando tambi茅n por la crisis de salud y seguridad.
  3. Esperar la resoluci贸n que emita la Secretar铆a de Trabajo que puede ser: i) Autorizando la suspensi贸n o ii) Denegando la suspensi贸n. Contra la resoluci贸n caben recursos de ley para buscar revocar la decisi贸n.

Ventajas

  1. La empresa por el tiempo que dure la suspensi贸n, siempre y cuando sea posteriormente autorizada por la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social, no tendr谩 que cancelar salario alguno a sus trabajadores.
  2. La empresa contar谩 con un lapso prudente para estructurarse econ贸micamente; o, al menos, encontrar una alternativa econ贸mica para hacer frente a sus obligaciones convencionales y legales.

Desventajas

  1. La solicitud de autorizaci贸n de suspensi贸n de labores de contratos de trabajo puede ser denegada, lo que conlleva al pago de los meses dejados de laborar; y, en el peor de los casos, a la notificaci贸n de despidos indirectos por parte del trabajador (esto una vez haya quedado firme la denegaci贸n de la suspensi贸n).
  2. Como muchas empresas buscar谩n suspender los contratos de trabajo la mora de trabajo en la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social ser谩 muy alta, por lo que pueden pasar los 120 d铆as m谩ximos de la suspensi贸n y la empresa quiz谩 no tenga respuesta alguno, por consiguiente, tendr谩 que esperar pacientemente para obtener la resoluci贸n final.
  3. La empresa no podr谩 gozar del beneficio del 10% adicional de gastos deducibles al I.S.R. en 2020 (si no hay despidos ni suspensi贸n de labores) si no logra comprobar que mantuvo la misma n贸mina de marzo a diciembre del 2020.


C. OPCIONES CREATIVAS

Compensaci贸n de labores, por d铆as no laborados en el marco de la emergencia sanitaria nacional por contagio de COVID-19 (Coronavirus).

  1. Tomando en cuenta que el comunicado emitido por la Autoridad del Trabajo es espec铆fico, esto solo representa una alternativa a la posibilidad de que los empleadores convengan con los trabajadores medidas sobre la base de la justicia social, SIN EMBARGO, perfectamente se puede implementar una medida alterna, como agregar una hora al inicio o al t茅rmino de la jornada laboral, con el objetivo de reemplazar los d铆as no laborados a fin de que en la medida de lo posible, los trabajadores gocen de algunos d铆as feriados o de fiesta nacional, inclusive y si el tiempo lo permite, de las vacaciones.
  2. Otra posibilidad podr铆a implicar que se labore de manera alterna, el s茅ptimo d铆a, que por ley corresponde al descanso. Es nuestra recomendaci贸n, que de implementarse una de las medidas antes descritas, deba manejarse de manera interna respecto de la empresa, haciendo conciencia al empleado de que su participaci贸n en la aplicaci贸n de las soluciones alternas, es un beneficio mutuo, y con el objetivo de preservar tanto los empleos como la actividad productiva.

Ventajas

  1. El empleado es incluido en la toma de decisi贸n de la empresa, por ende se le brinda la oportunidad de apoyar la empresa.
  2. El empleado no pierde empleo.
  3. La empresa logra mantener su equipo de trabajo para aprovechar beneficios del 10% adicional de gastos deducibles al ISR en 2020 si logra comprobar que mantuvo la misma n贸mina de marzo a diciembre 2020.

Desventajas

  1. Si las anteriores medidas fueran denunciadas por los trabajadores pueda que el Ministerio de Trabajo aplique una sanci贸n econ贸mica a la empresa, sin perjuicio del cumplimiento de lo requerido. Sin embargo, si los trabajadores aceptasen esta opci贸n se procurar铆a elaborar un documento comprometiendo ambas partes.


Nosotros consideramos que la mejor opci贸n es encontrar una soluci贸n ganar-ganar, y aunque a veces no parezca tan f谩cil de obtener, nuestro equipo de expertos est谩 siempre disponible para ayudarlos. Cont谩ctanos hoy, ser谩 nuestro placer apoyarte.

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