El Congreso Nacional de Honduras aprobó la Ley para la Recuperación y Reactivación Económica de la Micro y Pequeña Empresa Decreto Legislativo 48-2022 con el propósito de impulsar a las empresas por medio de incentivos que promuevan, a través de la generación de nuevas oportunidades de empleo, el crecimiento económico, el bienestar y el emprendimiento.

Beneficiarias de los incentivos:

  • Podrán ser beneficiarias tanto las micro y pequeñas empresas de nueva constitución como aquellas micro y pequeñas empresas ya constituidas y que estén operando informalmente con anterioridad a la aprobación de la norma, siempre y cuando se formalicen en un plazo de 12 meses desde su entrada en vigor.

  • Los beneficios fiscales previstos en la Ley, deberán solicitar el “Certificado de Beneficiario” ante el Servicio Nacional de Emprendimiento y Pequeños Negocios (SENPRENDE). Posterior a la obtención de este certificado, el beneficiario debe inscribirse en el Registro de Exonerados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.

Los beneficios fiscales otorgados por la Ley para aquellas micro y pequeñas empresas que cumplan con las exigencias legales son las siguientes:

  • Prolongación porcentual del Impuesto sobre la Renta ("ISR") por un período de 5 años, el 100% del ISR por los primeros 3 períodos fiscales, extensión del 50% sobre los siguientes 2 períodos fiscales.
  • Prolongación del Impuesto al Activo Neto y Aportación Solidaria Temporal, anticipos del 1% y 12.5% en concepto del Impuesto sobre la Renta por 5 años a partir de su constitución e inscripción.
  • Las depreciaciones y amortizaciones de los primeros tres años de operación comenzarán a ser contabilizadas a partir del cuarto año.
  • Extensión del Impuesto sobre Industria, Comercio y Servicios de cualquier Municipalidad por los primeros 3 años de pago de tasas no tributarias, sobretasas y derechos, por los permisos de construcción, autorizaciones y licencias ambientales entre otras.

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Fuente: https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-48-2022.pdf