El 30 de abril vence la declaración y pago de impuesto sobre la renta periodo fiscal 2024.
A los Obligados Tributarios que presentaron declaración del Impuesto Sobre la Renta y/o solicitaron Documentos Fiscales en el año 2024 y no superaron el mínimo exento que es de L.217,493.16 para el Periodo Fiscal 2024, debe notificar la suspensión de la obligación del Impuesto Sobre la Renta antes del 30 de abril de 2025.
Requisitos para la notificiación de la suspensión de la obligación del ISR Persona Natural:
1. Escrito de Notificación debe contener las razones y período fiscal que notificia la suspensión de obligación y el número de expediente donde se notificó la No Utilización de Documentos Fiscales en el caso que aplique.
2. Original y Fotocopia de los Documentos Fiscales emitidos que respalden el nivel de ingresos percibidos durante el periodo fiscal.
¿Dónde presentar esta notificación?
En la Oficina Virtual: Debe ingresar al bloque de “Solicitudes“ seguidamente seguidamente “Nueva Solicitud“ y seleccione la opción de Notificación de suspensión de obligaciones ISR de Persona Natural (que no superan el mínimo exento).
En las ventanillas de Recepción y Notificiación de las Direcciones Regionales y Departamentales.
Este trámite es personal, en caso de ser solicitado por un representante procesal o apoderado legal, este deberá acompañar original y fotocopia de lo siguiente:
-
Poder a carta poder debidamente autenticado
-
Documento Nacional de Identificación (DNI) para hondureños.
-
Pasaporte o canet de residente para extranjeros.